Rajoy declarará como testigo por el caso Gürtel

Rajoy declarará como testigo por el caso Gürtel, y es el primer caso en la historia de la democracia española en la que un presidente del Gobierno ha de testificar ante un tribunal.

Ha sido a instancias de la Asociación de Abogados Demócratas de Europa (Adade), por la que se ha tomado esta decisión, el juez Hurtado, presidente de la sala, ha considerado que la prueba presentada por la asociación era admisible y por lo tanto, convocará al presidente del Gobierno a testificar en el juzgado.

Rajoy tendrá que acudir ante el tribunal al haber sido secretario general del PP entre los años 2003 y 2004. La misma ley que le obliga a declarar, también le permite ciertos privilegios, como el de hacerlo por escrito cuando el testimonio se refiere a hechos conocidos por razón de su cargo de jefe del Ejecutivo. Cuando la declaración, como sucede en este caso, versa sobre hechos que no tienen que ver con su función como presidente, la norma da la opción de que pueda declarar en su domicilio o despacho oficial.

El artículo 412 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula las comparecencias como testigo de los altos cargos de la nación, en fase de instrucción, no de enjuiciamiento. Dice lo siguiente:

  1. Estarán exentas también de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real.
  1. Están exentos de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que tengan conocimiento por razón de su cargo:

1.º El Presidente y los demás miembros del Gobierno.

2.º Los Presidentes del Congreso de los Diputados y del Senado.

3.º El Presidente del Tribunal Constitucional.

4.º El Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

5.º El Fiscal General del Estado.

6.º Los Presidentes de las Comunidades Autónomas.

  1. Si fuera conveniente recibir declaración a alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 anterior sobre cuestiones de las que no haya tenido conocimiento por razón de su cargo, se tomará la misma en su domicilio o despacho oficial.
  1. Quienes hubiesen desempeñado los cargos a que se refiere el apartado 2 del presente artículo estarán igualmente exentos de concurrir al llamamiento del Juez, pero no de declarar, pudiendo informar por escrito sobre los hechos de que hubieren tenido conocimiento por razón de su cargo.

Boadilla del Monte ha sido durante muchos años foco de atención por la trama Gürtel, un forma de entender la política que que ha sido erradicada del ADN político y empresarial de este municipio.